TESTIMONIO: VISTO: El Convenio suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para la asistencia financiera en la construcción de 50 viviendas en el Partido de Balcarce mediante la Operatoria Solidaridad, y CONSIDERANDO: Que resulta prioritario cubrir el déficit habitacional en el Partido. Que el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires ha reactivado los planes de la Operatoria Solidaridad. Que mediante dicha Operatoria se han construido en el distrito una importante cantidad de viviendas. Que resulta necesario dar continuidad al sistema de construcción Solidaria de Viviendas de Interés Social. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 86/97 ------------------------------ ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio que como Anexo I integra la ------------ presente, suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la asistencia financiera en la construcción de 50 módulos de viviendas, mediante la Operatoria Solidaridad.---------- ARTICULO 2.- Declárase de Interés Social al emprendimiento.------- ------------ ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete. FIRMADO: Estela S. Roldán - VICEPRESIDENTA II - Juan José Troya - SECRETARIO.------------------